«Subvenciones para gastos de salud en la Comunidad valenciana». Fecha publicación: 23 septiembre 2024.
En Finlit.es dedico una sección completa a informar sobre las Ayudas Públicas a colectivos y personas desfavorecidas de todos los ámbitos de la Administración (estatal, autonómica y local). En este caso te quiero hablar sobre las ayudas que la Comunidad valenciana creó en 2023 para compensarse gastos sanitarios dirigidas a familias monoparentales y otros colectivos.
Ambos tipos de ayudas se publicaron en sendos decretos correlativos de diciembre de 2023 (Decreto 224/2023 y Decreto 225/2023) y ahora se han actualizado. A continuación te resumo lo más importante de estas subvenciones.
Tabla de Contenidos
Qué son estas ayudas
Se trata de subvenciones públicas para hacer frente a «compensar gastos relacionados con la protección de la salud». Ahora bien, ¿qué quiere decir esto exactamente?
Según los Decretos citados el gobierno valenciano da «subvenciones directas de interés socio-sanitario destinadas a facilitar la adherencia a los tratamientos médicos prescritos por personal del Sistema Sanitario Público, que estén sujetos a financiación pública, correspondientes al periodo del ejercicio 2024″.
Qué gastos son subvencionables
En concreto se podrán recibir ayudas de dos tipos de gastos sanitarios producidos en 2024, pero siempre que estén sujetos a financiación pública y hayan sido prescritos al beneficiario por un médico del Sistema Sanitario Público:
- Gasto en medicamentos (tratamientos farmacológicos de la persona beneficiaria) en 2024. El gasto podrá ser total o en copago.
- Gastos en productos ortoprotésicos del colectivo de personas con diversidad funcional, comprados en ortopedias autorizadas por la Comunitat Valenciana, en el ejercicio 2024.
A quién van dirigidas
Las ayudas de la Comunidad valenciana con cargo a los presupuestos de la Generalitat para 2024 tienen carácter excepcional. Es decir que se conceden de forma directa a las personas beneficiarias que pertenezcan a estos cinco colectivos:
- Pensionistas (se consideran colectivo especialmente vulnerable): total máximo de 21.216.780 €.
- Personas con diversidad funcional (Ayudas colectivo especialmente vulnerable con discapacidad): total máximo de 5.838.700 €.
- Menores de edad (colectivo especialmente vulnerable): importe total máximo de 5.587,990 €.
- Personas en situación de desempleo (Ayudas pobreza farmacéutica): importe total máximo de 11.614.880 €.
- Familias monoparentales:
Ayudas a pensionistas residentes en la Comunidad valenciana
Para poder recibir la ayuda, el pensionista tiene que cumplir estos requisitos:
- Estar asegurado en el Sistema Nacional de Salud (SNS) y disponer de tarjeta sanitaria individual expedida por la Conselleria de Sanidad y cuyo garante sea el INSS.
- Tener la condición de pensionista de la Seguridad Social.
- Tener un nivel de ingresos inferior a una base liquidable de 18.000 euros anuales (suma de las casillas 500 y 510 en la declaración de la renta) y tener un régimen de aportación farmacéutica asignado TSI 002-01.
También tendrán derecho a esta los beneficiarios de los asegurados que cumplan estos requisito. Estas personas beneficiarias deben de estar identificadas como tales en el Sistema de Información Poblacional (SIP) de la Conselleria de Sanidad valenciana.
Personas con diversidad funcional
Los requisitos a cumplir son:
- Menores de 18 años con declaración de discapacidad reconocida y grado de discapacidad igual o superior al 33 %, o mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.
- Disponer de la tarjeta sanitaria de la Conselleria de Sanidad o documento de inclusión.
- Ser residente en la Comunitat Valenciana.
Menores de edad
- Ser menor de 18 años.
- Estar asegurado en el Sistema Nacional de Salud (SNS) o ser beneficiario de asistencia sanitaria en situaciones especiales y disponer tarjeta sanitaria individual expedida por la Conselleria de Sanidad.
- Tener un nivel de ingresos inferior a una base liquidable de 18.000 euros anuales (suma de las casillas 500 y 510 en la declaración de la renta) y tener un régimen de aportación farmacéutica asignado TSI 003 o bien no estar registrados ni autorizados a residir en España, y ser beneficiarios de asistencia sanitaria en situaciones especiales, que han sido acreditados en el código de régimen de aportación farmacéutica F003.
- Ser residente en la Comunidad valenciana.
Personas desempleadas
Tienen que cumplir estos requisitos:
- Estar asegurados en el Sistema Nacional de Salud (SNS) con tarjeta sanitaria individual de la Conselleria de Sanidad o bien ser personas adultas no registradas ni autorizadas a residir en España, beneficiarias de asistencia sanitaria en situaciones especiales, en los términos previstos en el Real decreto ley 16/2012.
- Tener un nivel de ingresos inferior a una base liquidable de 18.000 euros anuales y tener un régimen de aportación farmacéutica
asignado TSI 003.
- Tener una de las siguientes modalidades de acreditación sanitaria: a) agotada prestación por desempleo (código de acreditación F-SS-20) o; b) percibir prestación por desempleo (código de acreditación F-SS-23) o; c) percibir subsidio por desempleo (código de acreditación F-SS-24) o: d) ser persona beneficiaria de asistencia sanitaria en situaciones especiales (Real Decreto ley 16/2012) (SCS34 o SCS35).
- Tener residencia en la Comunitat Valenciana.
Familias monoparentales
Tendrán que cumplir estos requisitos:
- Estar aseguradas en el Sistema Nacional de Salud (SNS) y disponer de una tarjeta sanitaria individual expedida por la Conselleria de Sanidad.
- Disponer de título de familia monoparental expedido por la Conselleria de Servicios Sociales.
- Tener un nivel de ingresos inferior a una base liquidable de 18.000 euros anuales (suma de las casillas 500 y 510 en la declaración de la renta).
- Ser residente en la Comunitat Valenciana.
Cómo y cuándo se piden las ayuda
Si cumples alguno de los anteriores requisitos puedes pedir las ayudas a lo largo de 2024. En este enlace te dejo más información y enlaces a los diversos formularios de solicitud de las subvenciones dependiendo del colectivo.
También los tienes disponibles en la web de la Generalitat (https://sede.gva.es) en la web de la Conselleria de Sanidad (www.san.gva.es), y en la guía PROP de la Generalitat (www.prop.gva.es).
Más información y dudas sobre el trámite: [email protected]
Normativa relacionada
Es normativa que regula las subvenciones para afrontar gastos relacionados con la salud en la Comunidad valenciana:
- Decreto 114/2024, de 17 de septiembre, del Consell, de modificación de la financiación de las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones directas a familias monoparentales, menores de edad y personas en situación de desempleo, destinadas a compensar gastos relacionados con la protección de la salud en 2024 (DOGV de 19 de septiembre de 2024).
- Decreto 225/2023, de 19 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones directas a diferentes colectivos de personas, destinadas a compensar gastos relacionados con la protección de la salud en 2024.
- Decreto 224/2023, de 19 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones directas a familias monoparentales, destinadas a compensar gastos relacionados con la protección de la salud en 2024.
Juan del Real Martín
Soy economista por la Universidad Complutense de Madrid, especialización Finanzas. He alcanzado la independencia financiera y me gustaría ayudar a los demás a entender mejor los asuntos de dinero y a tomar las decisiones adecuadas en cada momento de la vida. La educación financiera es básica para que puedas lograrlo tú también.
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