Los Planes de Previsión Asegurados (PPAs) son una de las opciones que te ofrecen las aseguradoras (no son un producto bancario), para ahorrar dinero, con ventajas fiscales, cara a la jubilación. La palabra «asegurados» hace mención a que te ofrecen una rentabilidad mínima garantizada (interés técnico), lo que anticipa que su rentabilidad no es nada alta. Por tanto, se trata de productos aseguradores (seguros de ahorro), pensados para inversores conservadores o en un momento de la vida donde hay que serlo (los últimos pocos años antes de jubilarse, por ejemplo).
Tabla de Contenidos
Qué son los Planes de Previsión Asegurados
Un Plan de Previsión Asegurado (PPA) es un seguro de ahorro muy similar a los planes de pensiones en materia de aportaciones anuales limitadas, coberturas, prestaciones y fiscalidad (las aportaciones anuales reducen la base imponible del IRPF y a la jubilación se consideran un rendimiento del trabajo).
Los PPAs están creados por las aseguradoras, al calor de la ley de planes y fondos de pensiones y su principal novedad es que garantizan legalmente una retribución mínima (interés técnico).
Características de los PPAs
Los Planes de Previsión Asegurados (PPA):
son seguros de vida-ahorro que facilitan conseguir un ahorro para complementar la pensión pública en el momento de la jubilación, en forma de renta o de capital. Por tanto son un producto asegurador ofrecido por una aseguradora o los mediadores de seguros (independientes o de los bancos).
son planes individuales con el fin de complementar tu pensión pública el día en que te jubiles, así que tu serás el tomador, asegurado y beneficiario de tu PPA (salvo en caso de fallecimiento, que el beneficiario será quien designes en la póliza).
los PPA te aseguran un tipo de interés durante la vigencia del contrato, por ley (aunque esto hace que su rentabilidad sea realmente baja) diferente en función de tu edad en el momento de la contratación y de los tipos de interés en todo momento. Es lo que las aseguradoras llaman «interés técnico». Pero ojo, porque cada año te van a ir notificando la modificación de este interés técnico para alinearlo a los tipos de interés reinantes en España (que como sabes en 2017 son cercanos a cero).
la prima que pagas (el importe de lo que aportas como ahorro) es periódica, de pago anual, aunque es posible fraccionar el pago en recibos mensuales, trimestrales o semestrales. Como asegurado puedes realizar aportaciones extraordinarias (APEX) en forma de prima única en cualquier momento (aunque cada aseguradora te exigirá una cuantía mínima) que se sumará al capital asegurado hasta ese momento con el interés técnico que en esa anualidad te haya comunicado la aseguradora.
son seguros de vida ahorro cuyo objetivo es constituir un capital de forma segura, por lo que están orientados y recomendados a personas conservadoras o que se encuentren cerca de la edad de jubilación.
al ser seguros de vida, garantizan un capital en caso de fallecimiento del tomador asegurado a sus beneficiarios señalados en la póliza. Ahora bien, no se puede decir que son un seguro de vida como tal ya que el capital que recibirán los beneficiarios en caso de fallecimiento (la suma asegurada) es muy, muy bajo.
tienen un buen tratamiento fiscal anual. Las aportaciones anuales que puedes hacer a PPAs tienen un límite de 8.000 euros, e igual que los planes de pensiones, reducen la base imponible del IRPF por la parte de los rendimientos del trabajo personal -RTPs).
Ojo, que en el País Vasco y Navarra tienen límites algo distintos (en Navarra dependiendo de si tienes más de 50 años).
No obstante, en el momento de la jubilación se debe recuperar todo el ahorro acumulado preferiblemente como una renta mensual vitalicia, al menos un año después de la jubilación para reducir el impacto en las rentas del trabajo personal del IRPF (estas rentas se suman a tu pensión pública de jubilación incrementando tus ingresos sujetos a tributación como RTPs).
son activos ilíquidos, es decir, que, al igual que los planes de pensiones, hay pocos supuestos por los que puedes recuperar tu dinero anticipadamente. En esto los PPAs son muy similares a los planes de pensiones. Permiten disponer del ahorro acumulado de manera anticipada sin haber llegado a la jubilación, siempre que se dé alguna de las contingencias previstas por la ley (los mismos «supuestos excepcionales de liquidez» que para los planes de pensiones): fallecimiento, invalidez permanente total o en grado superior, dependencia severa o gran dependencia, enfermedad grave o desempleo de larga duración.
Eso si, a partir del 1 de enero de 2025 se podrá disponer anticipadamente de los derechos económicos acumulados de aportaciones a PPAs con antigüedad igual o superior a 10 años (como mínimo hechas en 2015 o antes).
puedes hacer traslados parciales o totales entre PPAs o entre tus planes de pensiones y un PPA sin ningún coste, ni tributación fiscal.
Diferencia de los PPAs con los planes de pensiones
La principal diferencia entre los PPAs y los planes de pensiones es que:
los planes de previsión asegurada te aseguran el cien por cien del capital invertido más una rentabilidad garantizada por trimestres o semestres (derechos acumulados).
y como también son seguros de vida, en caso de fallecimiento, los beneficiarios reciben el saldo acumulado más un capital adicional del 10% con un máximo de 12.000 € (600 € para asegurados con edad superior a los 65 años o que presenten riesgos agravados).
Fiscalmente los planes de pensiones y los PPA tienen el mismo tratamiento tanto a la hora de hacer aportaciones anuales como a la jubilación.
Para quién están pensados los PPAs
Por garantizarte una rentabilidad obligatoriamente, los PPAs no se deben contemplar como un vehículo para obtener grandes ahorros a largo plazo sino una forma segura de ahorrar de forma muy segura para la jubilación cuando ya quedan muy pocos años para esa fecha.
Un PPA es recomendable para ti si eres un ahorrador muy conservador que se puede permitir sacrificar rentabilidad porque anda «sobrado» o estás cerca de la edad de jubilación. Si vas a cobrar tu jubilación pronto y quieres un tipo de interés garantizado a corto plazo (un par de años, por ejemplo).
Tipos de Planes de Previsión Asegurados (PPA)
Las distintas aseguradoras te ofrecen cada una un tipo de PPA diferente. Por ejemplo, Mapfre te ofrece dos tipos de plan de previsión asegurado un PPA Pensiones para asegurados que quieren aportar una prima periódica y un PPA Jubilación para personas de más de 40 años que prefieren destinar ocasionalmente aportaciones para su jubilación.
Por su parte AEGON te ofrece un Plan de Previsión Asegurado con un interés técnico del 1,50% anual durante los 4 primeros meses, que luego cae drásticamente al 0,60% interés técnico anual mínimo garantizado. Si mantienes tu inversión unos años te paga un bono extra del 1,50% sobre tu capital invertido (la suma de tus aportaciones).
En cuando a Santander, es el único que publicita su rentabilidad asegurada, que como ves no es como para tirar muchos cohetes: 0,25% a lo largo de toda la vida del producto con posibilidad de mejora semestral si los tipos de interés suben. En la actualidad del 3%, algo que mejor que la inflación (1,6% en octubre de 2017).
¿Por qué no interesan los PPAs?
El que escribe no recomienda invertir tus ahorros con vistas a la jubilación en planes de previsión asegurados. Con unos tipos de interés cercanos al cero por ciento, una rentabilidad ofrecida por los PPAs de las aseguradoras inferior al 1% y una inflación superior al 2%, realmente, no estás ahorrando: estás desahorrando. Y al final de la vida, habrás perdido dinero por ni siquiera batir a la inflación.
Si lo que quieres es ser conservador en un momento determinado de tu vida (cercano a la jubilación) o en épocas de crisis económica pero quieres mantener tus ventajas fiscales, te recomiendo un PIAS que invierta en una cartera más agresiva permitiéndote «modular» el peso de la renta variable sobre la fija en su cartera. Los hay en el mercado.
Y si rescatas tu dinero antes de tiempo, lee por ejemplo lo que te dice el Banco Santander:
El Tomador no podrá solicitar el rescate ni disponer de los derechos económicos correspondientes a la póliza antes de producirse la jubilación o el acaecimiento de alguna de las contingencias/garantías cubiertas.
Solo podrá solicitar el rescate anticipado en los supuestos excepcionales de liquidez que son: enfermedad grave o desempleo de larga duración. En estos supuestos excepcionales en los que el Tomador podrá solicitar el rescate, así como en los casos de:
(i) movilización del PPA,
(ii) ejercicio del derecho de disposición anticipada de derechos económicos correspondientes a aportaciones con una antigüedad igual o superior a 10 años (a partir de 1/1/2025), el importe que recibiría o movilizaría, será el valor de mercado de las inversiones afectas al contrato, pudiendo ser este importe superior o inferior al valor de las aportaciones realizadas.
Juan del Real Martín
Soy economista por la Universidad Complutense de Madrid, especialización Finanzas. He alcanzado la independencia financiera y me gustaría ayudar a los demás a entender mejor los asuntos de dinero y a tomar las decisiones adecuadas en cada momento de la vida. La educación financiera es básica para que puedas lograrlo tú también.
Sin comentarios