Los préstamos personales son la forma que tenemos los usuarios de a pie de conseguir financiación para acometer un gasto de la familia o una inversión que hoy no podemos acometer con nuestros recursos. En este post vemos cómo elegir un préstamo personal y las cosas que tienes que mirar y saber previamente.
Tabla de Contenidos
Cómo elegir un préstamo
A la hora de elegir un préstamo personal tienes que tener en cuenta los siguientes consejos prácticos.
Valora tu necesidad racionalmente
El primer paso antes de endeudarse con una entidad financiera es reflexionar y analizar si el destino del dinero a pedir prestado obedece más a una necesidad o a un deseo. Los países anglosajones distinguen claramente entre los «wants» y los «needs», que son parecidos, pero no son la misma cosa. En los deseos hay una componente de «gasto prescindible» que no tienen los «needs», que son los gastos imprescindibles.
Conócete a ti mismo
El segundo ejercicio que has de hacer antes de endeudarte a medio plazo con un préstamo personal es conocer bien el estado de tus finanzas personales. Si no tienes ningún préstamo de otro tipo o letra que pagar y tienes ingresos estables suficientes, calcula que tu banco te concederá un préstamo cuya cuota no te impacte más del 30-35% de tus ingresos netos.
Por tanto, si solo tienes 1000 euros de ingresos netos, y ninguna otra deuda, no habrá entidad que te apruebe un préstamos a un plazo tal que la cuota mensual sea superior a los 300 a 350 euros. Eso no quiere decir que no puedas pedir el dinero, pero tendrás que hacerlo a un plazo más duradero.
Aún así, debes saber que la normativa obliga al prestamista a valorar tu solvencia patrimonial
El prestamista, antes de que se celebre el contrato de crédito, deberá evaluar la solvencia del consumidor, sobre la base de una información suficiente obtenida por los medios adecuados a tal fin, entre ellos, la información facilitada por el consumidor, a solicitud del prestamista o intermediario en la concesión de crédito. ……
En el caso de las entidades de crédito, para la evaluación de la solvencia del consumidor se tendrán en cuenta, además, las normas específicas sobre gestión de riesgos y control interno que les son aplicables según su legislación específica.
Interpreta la publicidad del préstamo al consumo
La ley exige una serie de requisitos a la publicidad y comunicaciones comerciales del banco y del intermediario que te lo consiga si existe: anuncios, ofertas en locales comerciales y/o por un intermediario. Esta deberá tener esta información básica, de forma clara, concisa, destacada y legible, con un ejemplo real representativo:
- El tipo deudor fijo o variable, así como los recargos incluidos en el coste total del crédito para el consumidor.
- El importe total del crédito.
- La tasa anual equivalente (TAE), salvo en el caso de los contratos de descubierto en cuenta.
- Duración del contrato de crédito.
- En el caso de los créditos en forma de pago aplazado de un bien o servicio en particular, el precio al contado y el importe de los posibles anticipos.
- El importe total adeudado por el consumidor y el importe de los pagos a plazos.
Además,
Si se condicionara la concesión del crédito en las condiciones ofrecidas a la celebración de un contrato relativo a un servicio accesorio vinculado con el contrato de crédito, en particular un seguro, y el coste de ese servicio no pudiera determinarse de antemano, dicha condición deberá mencionarse de forma clara, concisa y destacada, junto con la tasa anual equivalente.
Conoce las exigencias legales de información previa
La normativa española y europea sobre el crédito al consumo es muy exigente con la información previa que nos deben dar bancos y entidades financieras antes de elegir un préstamo personal. Tanto el prestamista como, en su caso, el intermediario de crédito, nos deben ayudar si no entendemos algo claro.
Lo primero que te debe dar cada entidad es una oferta vinculante (si así la pides, ya que tienes derecho a ella) previa al contrato. La oferta vinculante es un documento con todas las condiciones del crédito (ver más adelante), que deberá mantener durante un plazo mínimo de catorce días naturales desde su entrega.
Haya o no oferta vinculante antes o en el acto, la información previa a la contratación del préstamo debe incluir por ley (artículo 10 de la Ley 16/2011) (ojo extracto)
- El tipo de crédito y la identidad y el domicilio social del prestamista (y del intermediario del crédito si existe).
- El importe total del crédito, la forma de disponer del dinero y la duración del contrato de crédito.
- El tipo deudor (TIN) y cómo se calcula y aplica. Y los índices o tipos de referencia aplicables al tipo deudor inicial y su revisión periódica.
- La tasa anual equivalente (TAE) y el importe total adeudado por el consumidor, ilustrado con un ejemplo representativo que incluya todas las hipótesis utilizadas para calcular dicha tasa.
- El importe, el número y la periodicidad de los pagos (las cuotas) a pagar por el consumidor.
- Los gastos de mantenimiento y cualquier gasto derivado del contrato de crédito y las condiciones en que dichos gastos podrán modificarse. También, si los hubiere, los costes notariales.
- Otros servicios accesorios al contrato de crédito como seguros y qué TIN y TAE se te cobrará si no se contrataran los servicios accesorios.
- El tipo de interés de demora, los gastos por impago y demás penalizaciones más una advertencia sobre las consecuencias en caso de impago. Y las garantías exigidas para la concesión del préstamo.
- Si existe o no derecho de desistimiento de 14 días naturales cuando se contrate a distancia el préstamo.
- El derecho de reembolso anticipado y si tiene costes o comisiones.
Si el prestamista o el intermediario incumplieran este deber de información total o parcialmente, podrías solicitar la anulabilidad del contrato de préstamo.
Como ves, ahora puedes elegir un préstamo personal con bastantes garantías previas de que te llevarás la mejor oferta para tus intereses.
Endeudarse, ¿es tan malo como lo pintan?
La respuesta directa es que no. De hecho, hay cosas, planes e inversiones en la vida que no sería posible alcanzar sin endeudarse. La más clara de todas para un particular es el préstamo hipotecario. Gracias a la posibilidad de financiar la compra de la casa a horizontes muy largos de 10 a 25 años, reduciendo la cuota mensual a un importe asequible, somos capaces de hacernos con la propiedad de la que será nuestra vivienda.
A esta ventaja que obtenemos gracias a la financiación ajena (la que no sale de nuestros propios recursos), se la conoce como «apalancamiento financiero». Gracias a los préstamos logramos consumir y alcanzar cosas de otra forma inasumibles en la vida.
Y lo mismo se podría aplicar a los préstamos personales y créditos al consumo. Nos ayudan a conseguir comprar cosas, contratar servicios o incluso llevar a cabo proyectos de inversión para los que no tenemos suficientes recursos hoy. Pero que, de salir bien, podrían devolver con creces el coste de la financiación ajena.
De hecho, la financiación que nos dan bancos y demás entidades financieras (el endeudamiento) son una de las 5 palancas de la educación financiera. Aquí te las recuerdo:
Normativa de los préstamos personales
Los préstamos al consumo se rigen en España por:
- Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de créditos al consumo (ver online).
- Directiva 2008/48/CE del Parlamento europeo y del Consejo de 23 de abril de 2008 relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo.
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Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.
- Directiva 90/88/ CEE del Consejo, de 22 de febrero de 1990, sobre todo en lo que se refiere a la fórmula matemática y la composición del porcentaje anual de cargas financieras.
- Directiva 87/102/CEE del Consejo, de 22 de diciembre de 1986, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de crédito al consumo (derogada).
Juan del Real Martín
Soy economista por la Universidad Complutense de Madrid, especialización Finanzas. He alcanzado la independencia financiera y me gustaría ayudar a los demás a entender mejor los asuntos de dinero y a tomar las decisiones adecuadas en cada momento de la vida. La educación financiera es básica para que puedas lograrlo tú también.
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