Aunque ya hace algunos años que las criptomonedas se hicieron un hueco en las carteras de muchos españoles, todavía existen muchas dudas al respecto. Gran parte de la población todavía percibe este tipo de moneda digital como un engaño o como algo completamente inútil y sin ningún tipo de valor monetario.
Pero de la misma forma que hay muchos detractores de las criptomonedas, también hay muchas personas que en estos años han adquirido varias de ellas que también tienen dudas. Una de las principales cuestiones que se plantean es sobre su tributación, pues no saben si deben declararlas en la Declaración de la Renta.
A este respecto, Marc Ricart, asesor fiscal y gerente de agenciaricart.com, una gestoría de empresas y asesoría fiscal con más de 30 años de experiencia, subraya la importancia de una correcta declaración de las criptomonedas para evitar problemas con la Agencia Tributaria.
En sus propias palabras: “Aunque inicialmente se exigía la declaración de criptomonedas en el extranjero a través del Modelo 720, la normativa ha sido objeto de cambios y controversias. Es fundamental consultar las últimas disposiciones o un asesor fiscal para confirmar si este requisito aplica o cómo debe cumplirse.”
En este artículo seguimos su consejo y comprobamos qué dicen las normas actuales al respecto.
Tabla de Contenidos
En 2024 se deben declarar las criptomonedas
Si eres propietario de criptomonedas o de cualquier otra divisa virtual, tienes que saber que este año ya es obligatorio declararlas ante Hacienda.
Esta nueva obligatoriedad se recoge en el Real Decreto 249/2023 de 4 de abril que introdujo algunas modificaciones para poder implementar los cambios sobre las criptomonedas provocados por la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
De este modo, desde el 1 de enero de 2024, todos aquellos que tengan alguna moneda virtual y realicen operaciones y transacciones con ellas tendrán que declararlas y seguir tributando por ellas en el modelo 720.
Con esta medida se persigue tener un mejor control tributario sobre este tipo de divisas digitales.
¿Quién tiene la obligación de declarar sus criptomonedas?
Con la entrada en vigor de las modificaciones del RD 249/2023, todas las personas físicas y jurídicas que residan en España deben incluir en sus declaraciones sus criptomonedas.
De la misma manera, los establecimientos permanentes en nuestro territorio que ofrezcan servicios de intercambio entre criptomonedas o entre monedas virtuales y divisas reales, o que se encarguen de salvaguardar, almacenar o transferir monedas digitales, también deben declararlas ante Hacienda.
¿Qué se debe declarar respecto a las criptomonedas?
Deberás incluir en tu Declaración de la Renta las adquisiciones, transmisiones, permutas y transferencias que hagas con tus monedas digitales.
También tienes la obligación de declarar los pagos y cobros que hayas realizado con tus criptomonedas. Si solo te dedicas al asesoramiento sobre este tipo de monedas o si atiendes a las órdenes de pago y cobro en moneda actual o fiduciaria, no tendrás que declarar tus operaciones.
A la hora de hacer la declaración, tendrás que especificar qué tipos de monedas virtuales posees, sus valores y cuántas unidades de cada una tienes a fecha 31 de diciembre.
¿Qué ocurre con las criptomonedas ubicadas en el extranjero?
Las personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en nuestro territorio también tienen la obligación de declarar ante Hacienda la información relevante sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero que tengan.
Esta obligación afecta tanto a los que hayan sido titulares de las monedas en algún punto temporal del año, como si se ha sido autorizado o beneficiario.
¿Qué puede pasar si no se declaran las criptomonedas?
No declarar las criptomonedas y demás monedas virtuales pueden suponer sanciones monetarias de hasta 5.000 euros por cada grupo de información que hayas ocultado.
Pero si crees que para evitar estas multas basta con declarar solo una parte o hacer una declaración falsa, estás muy equivocado. Estos errores incrementan la multa a los 10.000 euros como mínimo, pues se presupone que has obrado con mala fe.
No te expongas a este tipo de riesgos y sigue el consejo del experto de acudir a un asesor fiscal experto en las operaciones con criptomonedas. De esta manera podrás estar seguro de que tributas por ellas como manda la Ley.
Juan del Real Martín
Soy economista por la Universidad Complutense de Madrid, especialización Finanzas. He alcanzado la independencia financiera y me gustaría ayudar a los demás a entender mejor los asuntos de dinero y a tomar las decisiones adecuadas en cada momento de la vida. La educación financiera es básica para que puedas lograrlo tú también.
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