«Ayudas por natalidad en Extremadura». Fecha publicación: 7 octubre 2024.
En Finlit tenemos una sección dedicada a todo tipo de ayudas y subvenciones públicas.
Extremadura, como las dos Castillas padece desde hace tiempo un envejecimiento de la población, un crecimiento vegetativo negativo y una dispersión geográfica que perjudica a las poblaciones con menor número de habitantes. Para frenar esta tendencia en el ámbito rural, su gobierno lleva una década impulsando, entre otras, ayudas a la natalidad. Sin embargo, de las anteriores convocatorias se ha obtenido experiencia que aconseja mejorar las nuevas para garantizar la igualdad y seguridad jurídica de los beneficiarios de las ayudas.
En este caso te cuento las nuevas ayudas por natalidad en Extremadura, aprobadas por el Decreto 114/2024. Desde ya te adelanto que se trata de 500 euros por hijo de las familias con recién nacidos o adoptados entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2024 en pueblos extremeños de menos de 3.000 habitantes.
Tabla de Contenidos
Ayudas por natalidad en Extremadura
El artículo 7.3 del Estatuto de Autonomía extremeño, reforma del 2011, dice que sus poderes públicos «alentarán el crecimiento demográfico regional». El 9 atribuye a esa Comunidad autónoma competencias exclusivas en materia de «infancia y juventud, de acción social, y de protección a la familia e instrumentos de mediación familiar».
Pues, bien, la Consejería de Salud y Servicios Sociales de Extremadura ha lanzado (septiembre 2024) una serie de ayudas a la natalidad. La ayuda consiste en un pago único de 500 euros por cada hijo nacido, adoptado o sobre el que se haya formalizado la guarda con fines de adopción entre fechas determinadas del año.
A quién van dirigidas
Se trata de ayudas por el nacimiento, adopción o guarda con fines de adopción en poblaciones extremeñas que no superen los 3.000 habitantes.
El nacimiento, adopción o guarda con fines de adopción se debe producir entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2024. Y los nacidos o adoptados o niños con guarda entre septiembre y diciembre de 2023.
Las familias, padres o tutores deben tener residencia en dichas poblaciones.
Requisitos adicionales
Además de residir en dichas poblaciones de menos de 3000 habitantes, los beneficiarios tienen que cumplir estos requisitos:
Ingresos máximos por unidad familiar
Que la renta bruta anual de la unidad familiar no supere 4 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples anual (IPREM) considerado en doce mensualidades para familias de hasta dos hijos/as. Este número se irá incrementando en 0,5 puntos por cada hijo/a adicional.
Unidad familiar es la integrada por quien solicite las ayudas, el otro progenitor, convivan juntos o no, medie o no nulidad, separación o divorcio, así como los hijos, adoptados o guardados. Todos deben estar empadronados en el mismo domicilio (salvo aquellos con derecho a guarda y custodia compartida).
Empadronamiento y residencia en el municipio
Además, la unidad familiar debe estar empadronada y residir como mínimo durante un año de manera efectiva a la fecha de presentación de la solicitud, en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura que no supere los 3.000 habitantes.
Las entidades locales menores, pedanías o cualquier otra forma de agrupación infra municipal no se considerará de forma autónoma y se entenderá integrada en el municipio matriz.
El número de habitantes de cada municipio será la cifra de población declarada oficial que esté publicada a fecha de emisión de la resolución por la que se efectúa la convocatoria.
No estar sancionado
Si se cumplen las dos condiciones anteriores, el beneficiario no puede estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiario de la ayuda en Extremadura.
Qué se considera renta
Son rentas o ingresos computables, cualesquiera bienes, derechos o rendimientos de que disponga la unidad familiar. Se incluyen ingresos del trabajo, del capital mobiliario o inmobiliario e incrementos del patrimonio. También los ingresos de actividades económicas y los de cualquier prestación.
Hay una serie de excepciones a lo que se considera renta como becas, ayudas de urgencia social, prestaciones por acogimiento familiar, ingresos por cursos de formación, etc.
Qué se considera renta disponible
Por renta disponible en la unidad familiar, el Decreto entiende la suma de los ingresos brutos de la persona solicitante y del otro progenitor. Pero si hay separación legal, nulidad o divorcio, la renta de la unidad familiar serán los ingresos íntegros de la persona solicitante y, en su caso, los importes fijados en concepto de pensión alimenticia en la correspondiente resolución judicial.
En caso de parejas no casadas y, con independencia de su convivencia mutua, se tendrán en cuenta los ingresos íntegros de los progenitores. Ello salvo que se aporte resolución judicial de pensión de alimentos a favor de los hijos habidos y para los que se solicita la referida ayuda.
La pensión alimenticia que se demuestre que no se está abonando por el progenitor obligado a ello no se computará en los ingresos íntegros del progenitor solicitante.
Dónde se solicitan las ayudas
Hay que rellenar un formulario disponible en la web de la Junta y en el Anexo I del Decreto 114/2024.
Este se dirigirá a la Secretaria General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales
El modelo de solicitud estará disponible en el Punto de Acceso General Electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es en el apartado Trámites, sin perjuicio de las adaptaciones que puedan efectuar en el mismo las correspondientes convocatorias.
De aprobarse la ayuda, el pago único de los 500 euros se realizará en la cuenta bancaria que se indique en el formulario de solicitud. Previamente, el IBAN de la cuenta bancaria debe estar activo en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura.
Normativa relacionada
Es normativa que recoge las ayudas por natalidad en Extremadura:
- Decreto 114/2024, de 10 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas por natalidad a otorgar a las familias residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para el año 2024 (DOE de 27 de septiembre de 2024).
- Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura (ver online).
Normas similares anteriores en el tiempo:
- Decreto 277/2014, de 22 de diciembre, por el que se establecían las bases reguladoras de las subvenciones a las familias residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el fomento de la natalidad y se aprobó la convocatoria para 2015.
- Decreto 35/2014, de 11 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Salud y Política Social, a las familias residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el fomento de la natalidad, y se aprueba la convocatoria para 2014
- Decreto 86/2012, de 18 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Salud y Política Social, en materia de política social y familia.
Juan del Real Martín
Soy economista por la Universidad Complutense de Madrid, especialización Finanzas. He alcanzado la independencia financiera y me gustaría ayudar a los demás a entender mejor los asuntos de dinero y a tomar las decisiones adecuadas en cada momento de la vida. La educación financiera es básica para que puedas lograrlo tú también.
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